MODELO DE NEGOCIO
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el personal que realiza jornada de 40 horas semanales
(a turnos), veintinueve (29) días laborables para el per-
sonal que realiza una jornada de 38 horas y 45 minu-
tos semanales y treinta y dos (32) días para aquellos
trabajadores que hayan prestado su jornada anual en
un horario íntegramente nocturno.
• Preferencia en la elección de turno:
Asimismo se esta-
blece un orden de preferencia en la elección del turno
de vacaciones establecido en Convenio Colectivo: 1º
Común acuerdo de los trabajadores afectados, 2º Tra-
bajadores con responsabilidades familiares, 3º Trabaja-
dores con mayor antigüedad en la empresa, 4º Trabaja-
dores con mayor antigüedad en el puesto, alternándose
anualmente la prioridad para elegir.
• Horario especial de verano, Semana Santa y Navidad:
En verano, Semana Santa y Navidad se establece un
horario especial, en base al cual los trabajadores salen
a las 15:00 o 15:30 horas, siempre que lo permitan las
necesidades de la organización del trabajo.
• Reducción de horario los viernes:
Además, la distribu-
ción de la jornada semanal posibilita que, en aquéllos
puestos en los que lo permite la organización del tra-
bajo, la jornada de los viernes sea de 6 horas continua-
das, siendo la hora habitual de salida las 15:00 horas.
• Nacimiento de hijo:
Los dos días por nacimiento de
hijo son hábiles, en vez de naturales como establece por
defecto el Estatuto de los Trabajadores.
• Causas familiares:
Con motivo de enfermedad grave,
hospitalización o intervención quirúrgica, fallecimiento
de familiares de hasta segundo grado de afinidad o con-
sanguinidad, también se dispone que el permiso retri-
buido sea de dos días hábiles, en vez de naturales.
• Permiso retribuido de un día por matrimonio de
padres, hijos o hermanos:
Se tiene un permiso retri-
buido de un día por matrimonio de padres, hijos o her-
manos. El permiso es de dos días (no siendo retribuido
el segundo) si tiene lugar fuera de la Comunidad de
Madrid.
• Flexibilidad en el permiso por matrimonio:
Se esta-
blece la posibilidad de que el permiso por matrimo-
nio se comience a disfrutar con 3 días de antelación a
la celebración. En cuanto al cómputo de los días, si la
celebración coincide con sábado, domingo o festivo, se
computa el período de 15 días a partir del primer día
natural siguiente.
• 
Equiparación de la pareja de hecho:
En materia de per-
misos se equipara entre la pareja de hecho y el cón-
yuge.
Con el propósito de unificar y facilitar toda la informa-
ción necesaria en esta materia, las medidas anteriormente
indicadas y el resto de medidas implantadas por la com-
pañía se recogen en la Guía de medidas de conciliación,
que se encuentra en la intranet disponible para todos los
empleados.
Desde Mediaset España, además de haber identificado
la necesidad de establecer medidas dirigidas a flexibilizar
las obligaciones laborales de los trabajadores, la compa-
ñía también es consciente de la necesidad de asegurar
su efectiva implantación. Conforme a ello, las medidas
implantadas en materia de flexibilidad y conciliación son
reconocidas tanto en el Convenio Colectivo como en los
Planes de Igualdad, así como en la normativa de aplica-
ción en la compañía, lo que garantiza su cumplimiento y
eficacia.
Con objeto de facilitar la difusión de las medidas a todos
los empleados, en la intranet de la compañía están dis-
ponibles tanto los Convenios Colectivos como una Guía
Informativa en materia de igualdad y beneficios sociales
que recoge todas las medidas aprobadas en este ámbito.
Tasa de retorno al trabajo y retención después de
un permiso parental:
2011 2012 2013
Nº de mujeres que han tenido
permiso parental en 2013
52 59 39
Nº de hombres que han tenido
permiso parental en 2013
30 42 30
En todos los casos en los que se ha disfrutado de un
permiso parental se ha producido la reincorporación y
retención del puesto de trabajo.
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