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MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.Y SOCIEDADES DEPENDIENTES

Modificaciones a la NIIF 11- Contabilización de las adquisiciones de participaciones en

operaciones conjuntas

Las modificaciones a la NIIF 11 requieren que un operador conjunto contabilice la adquisición de una participación

en una operación conjunta, que constituye un negocio, aplicando los principios relevantes de la NIIF 3 para la

contabilización de las combinaciones de negocios. Las modificaciones también aclaran que las participaciones

que se mantenían anteriormente en la operación conjunta no se revalorizan en la adquisición de participaciones

adicionales mientras se mantenga el control conjunto. Adicionalmente, se ha añadido una excepción al alcance de

estas modificaciones para que no se apliquen cuando las partes que comparten el control conjunto estén bajo el

control común de una sociedad dominante última.

Las modificaciones aplican a las adquisiciones iniciales de participaciones en una operación conjunta y a las

adquisiciones de cualquier participación adicional en la misma operación conjunta. Se aplicarán prospectivamente

para los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2016 o posteriormente, aunque se permite su aplicación

anticipada. El Grupo no espera ningún impacto relevante por estas modificaciones.

Modificaciones a las NIC 16 y NIC 38 - Aclaración de los métodos aceptables de amortización

Estas modificaciones aclaran que los ingresos reflejan un patrón de obtención de beneficios económicos originados

por la explotación de un negocio (del cual forma parte el activo), más que los beneficios económicos que se

consumen por el uso del activo. Por tanto, no se puede amortizar el inmovilizado material utilizando un método

de amortización basado en los ingresos y solo puede utilizarse en muy limitadas circunstancias para amortizar los

activos intangibles. Estas modificaciones se aplicarán prospectivamente para los ejercicios que comiencen a partir del

1 de enero de 2016 o posteriormente, aunque se permite su aplicación anticipada. Estas modificaciones no tendrán

ningún impacto en las cuentas anuales consolidadas del Grupo.

Modificaciones a la NIC 27 - Método de la participación en los estados financieros separados

Las modificaciones permiten a las entidades utilizar el método de puesta en equivalencia para contabilizar las

subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas en sus estados financieros separados. Las entidades que ya hayan aplicado

las NIIF y elijan cambiar al método de puesta en equivalencia, tendrán que aplicar este cambio retroactivamente. Las

entidades que apliquen las NIIF por primera vez y elijan utilizar el método de puesta en equivalencia en sus estados

financieros separados, tendrán que aplicar el método desde la fecha de transición a las NIIF. Estas modificaciones

se tienen que aplicar a los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2016 o posteriormente, aunque se permite

su aplicación anticipada. Estas modificaciones no tendrán ningún impacto en las cuentas anuales consolidadas del

Grupo.

Modificaciones a la NIIF 10 y a la NIC 28 –Ventas o contribuciones de activos entre un inversor

y su asociada o su negocio conjunto

Las modificaciones abordan el conflicto existente entre la NIIF 10 y la NIC 28 en el tratamiento de la pérdida de

control de una subsidiaria que se vende o aporta a una asociada o negocio conjunto. Las modificaciones aclaran

que la ganancia o pérdida derivada de la venta o la aportación de activos que constituyen un negocio, tal como

se define en la NIIF 3, entre un inversor y su asociada o negocio conjunto, se debe reconocer en su totalidad. Sin

embargo, cualquier ganancia o pérdida resultante de la enajenación o aportación de activos que no constituyen

un negocio se reconocerá sólo en la medida de los intereses de los inversores no relacionados con la asociada o

el negocio conjunto. La aplicación de estas modificaciones se ha pospuesto de forma indefinida. No se espera que

estas modificaciones tengan ningún impacto en el Grupo.