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MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.Y SOCIEDADES DEPENDIENTES
Modificaciones a la NIIF 11- Contabilización de las adquisiciones de participaciones en
operaciones conjuntas
Las modificaciones a la NIIF 11 requieren que un operador conjunto contabilice la adquisición de una participación
en una operación conjunta, que constituye un negocio, aplicando los principios relevantes de la NIIF 3 para la
contabilización de las combinaciones de negocios. Las modificaciones también aclaran que las participaciones
que se mantenían anteriormente en la operación conjunta no se revalorizan en la adquisición de participaciones
adicionales mientras se mantenga el control conjunto. Adicionalmente, se ha añadido una excepción al alcance de
estas modificaciones para que no se apliquen cuando las partes que comparten el control conjunto estén bajo el
control común de una sociedad dominante última.
Las modificaciones aplican a las adquisiciones iniciales de participaciones en una operación conjunta y a las
adquisiciones de cualquier participación adicional en la misma operación conjunta. Se aplicarán prospectivamente
para los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2016 o posteriormente, aunque se permite su aplicación
anticipada. El Grupo no espera ningún impacto relevante por estas modificaciones.
Modificaciones a las NIC 16 y NIC 38 - Aclaración de los métodos aceptables de amortización
Estas modificaciones aclaran que los ingresos reflejan un patrón de obtención de beneficios económicos originados
por la explotación de un negocio (del cual forma parte el activo), más que los beneficios económicos que se
consumen por el uso del activo. Por tanto, no se puede amortizar el inmovilizado material utilizando un método
de amortización basado en los ingresos y solo puede utilizarse en muy limitadas circunstancias para amortizar los
activos intangibles. Estas modificaciones se aplicarán prospectivamente para los ejercicios que comiencen a partir del
1 de enero de 2016 o posteriormente, aunque se permite su aplicación anticipada. Estas modificaciones no tendrán
ningún impacto en las cuentas anuales consolidadas del Grupo.
Modificaciones a la NIC 27 - Método de la participación en los estados financieros separados
Las modificaciones permiten a las entidades utilizar el método de puesta en equivalencia para contabilizar las
subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas en sus estados financieros separados. Las entidades que ya hayan aplicado
las NIIF y elijan cambiar al método de puesta en equivalencia, tendrán que aplicar este cambio retroactivamente. Las
entidades que apliquen las NIIF por primera vez y elijan utilizar el método de puesta en equivalencia en sus estados
financieros separados, tendrán que aplicar el método desde la fecha de transición a las NIIF. Estas modificaciones
se tienen que aplicar a los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2016 o posteriormente, aunque se permite
su aplicación anticipada. Estas modificaciones no tendrán ningún impacto en las cuentas anuales consolidadas del
Grupo.
Modificaciones a la NIIF 10 y a la NIC 28 –Ventas o contribuciones de activos entre un inversor
y su asociada o su negocio conjunto
Las modificaciones abordan el conflicto existente entre la NIIF 10 y la NIC 28 en el tratamiento de la pérdida de
control de una subsidiaria que se vende o aporta a una asociada o negocio conjunto. Las modificaciones aclaran
que la ganancia o pérdida derivada de la venta o la aportación de activos que constituyen un negocio, tal como
se define en la NIIF 3, entre un inversor y su asociada o negocio conjunto, se debe reconocer en su totalidad. Sin
embargo, cualquier ganancia o pérdida resultante de la enajenación o aportación de activos que no constituyen
un negocio se reconocerá sólo en la medida de los intereses de los inversores no relacionados con la asociada o
el negocio conjunto. La aplicación de estas modificaciones se ha pospuesto de forma indefinida. No se espera que
estas modificaciones tengan ningún impacto en el Grupo.