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INFORMACIÓN ECONÓMICA. CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS E INFORME DE GESTIÓN 2015

A la fecha de formulación de estas Cuentas Anuales Consolidadas el Grupo ha aplicado todas las NIIF e interpretaciones

que eran de aplicación obligatoria y estaban aprobadas por la Unión Europea (NIIF-UE) y vigentes para los ejercicios

iniciados a partir del 1 de enero de 2015.

De acuerdo con la legislación mercantil, se presenta, a efectos comparativos, con cada una de las partidas del estado

de situación financiera consolidado, de la cuenta de resultados separada consolidada, del estado de resultado global

consolidado, del estado de cambios en el patrimonio neto consolidado y del estado de flujos de efectivo consolidado,

además de las cifras del ejercicio 2015, las correspondientes al ejercicio anterior. En las notas explicativas también se

incluye información cuantitativa del ejercicio anterior, salvo cuando una norma contable específicamente establece que

no es necesario.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la “Resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto

de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en

relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales”, la Sociedad suministra en la Nota

23.3 exclusivamente la información relativa al ejercicio y no se presenta información comparativa, calificándose las

presentes cuentas anuales consolidadas como iniciales, a estos exclusivos efectos, en lo que se refiere a la aplicación del

principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad.

2.2. Cambios en Políticas Contables

a) Normas e interpretaciones aprobadas por la Unión Europea que son aplicadas por

primera vez en este ejercicio

Las políticas contables utilizadas en la preparación de las Cuentas Anuales Consolidadas son las mismas que las aplicadas

en las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2014, ya que ninguna nueva

norma, interpretación o modificación aplicable por primera vez en este ejercicio ha tenido impacto para el Grupo.

b) Normas e interpretaciones publicadas por el IASB, pero que no son aplicables en

este ejercicio

El Grupo tiene la intención de adoptar las normas, interpretaciones y modificaciones emitidas por el IASB, que no son

de aplicación obligatoria en la Unión Europea a la fecha de formulación de estas Cuentas Anuales Consolidadas, cuando

entren en vigor, si le son aplicables. En base a la información de que se dispone hasta la fecha, el Grupo estima que su

aplicación inicial no tendrá impacto significativo sobre las Cuentas Anuales Consolidadas:

NIIF 2 Pagos basados en acciones

Esta mejora se aplica de forma prospectiva y aclara diversas cuestiones relacionadas con las definiciones de las

condiciones de rendimiento y de servicio que son condiciones para la irrevocabilidad de la concesión. Las aclaraciones

son consistentes con cómo el Grupo ha identificado en ejercicios anteriores las condiciones de rendimiento y de

servicio que son condiciones para irrevocabilidad de la concesión. Además, el Grupo no había concedido ningún

derecho durante el segundo semestre de 2014 y durante 2015. Por lo tanto, estas modificaciones no afectan a las

cuentas anuales consolidadas o a las políticas contables del Grupo.