150
        
        
          MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.Y SOCIEDADES DEPENDIENTES
        
        
          Si, en un periodo posterior, el importe de la pérdida por deterioro disminuye y la disminución puede relacionarse
        
        
          objetivamente con un suceso ocurrido después de que el deterioro se reconociese, la pérdida por deterioro
        
        
          reconocida previamente se revierte. Cualquier reversión posterior de una pérdida por deterioro se reconoce en la
        
        
          Cuenta de Resultados hasta el límite de que el valor en libros del activo no supere su coste amortizado a la fecha
        
        
          de la reversión.
        
        
          En relación con los deudores y otras cuentas a cobrar, cuando hay evidencia objetiva de que el Grupo no va a poder
        
        
          cobrar las mismas, se realiza una provisión por deterioro ya que el Grupo no será capaz de cobrar todos los importes
        
        
          adeudados en los términos originales de la factura. Los importes incobrables se provisionan en cuanto se identifican.
        
        
          •
        
        
          
            Activos financieros disponibles para la venta
          
        
        
          Si un activo financiero disponible para la venta sufre un deterioro, el importe resultante de la diferencia entre su
        
        
          coste (neto de cualquier reembolso del principal y amortización) y su valor razonable actual, menos cualquier pérdida
        
        
          por deterioro del valor reconocida previamente en la Cuenta de Resultados se traspasa del Patrimonio a la Cuenta
        
        
          de Resultados Separada. Las reversiones relativas a instrumentos de patrimonio clasificados como disponibles para
        
        
          la venta no se reconocen en la Cuenta de Resultados Separada. Las reversiones de pérdidas por deterioro de
        
        
          instrumentos de deuda se revierten en el resultado del ejercicio si el incremento del valor razonable del instrumento
        
        
          puede relacionarse objetivamente con un evento ocurrido después de que la pérdida por deterioro se reconociese
        
        
          en el resultado.
        
        
          4.12. Existencias
        
        
          En los programas de producción propia, el coste de producción se determina considerando todos los costes imputables
        
        
          al producto en los que incurre el Grupo. El coste de las existencias adquiridas en una combinación de negocios es el
        
        
          valor razonable a la fecha de adquisición. Así mismo se incluyen los anticipos pagados por programas.
        
        
          Se cargan en la Cuenta de Resultados en el momento de su emisión.
        
        
          4.13. Efectivo y otros equivalentes de efectivo
        
        
          El efectivo y otros medios líquidos equivalentes comprenden el efectivo en caja, bancos y los depósitos a corto plazo
        
        
          con una fecha de vencimiento original de tres meses o inferior.
        
        
          4.14. Subvenciones
        
        
          Estos importes recibidos de organismos oficiales se reconocen en el momento en que se reciben, aceptando las
        
        
          condiciones inherentes a dicha asignación.
        
        
          La diferencia entre el valor nominal del importe recibido y el valor razonable del mismo se trata como una minoración
        
        
          del activo financiado, imputándose a resultados de acuerdo a un criterio financiero.
        
        
          4.15.Acciones Propias
        
        
          Los instrumentos de patrimonio propio readquiridos (acciones propias) se reconocen a su coste y se deducen del
        
        
          Patrimonio Neto. No se reconoce en la Cuenta de Resultados Separada, ninguna pérdida o ganancia derivada de la
        
        
          compra, venta, emisión o cancelación de los instrumentos propios de la sociedad dominante. Los derechos de voto
        
        
          relativos a las acciones propias quedan anulados y no se les asigna ningún dividendo.