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« Previous Page Table of Contents Next Page »El Procedimiento para la gestión de los riesgos psicosociales y situaciones de acoso en el entorno laboral aplicable a Publiespaña y Publimedia Ges-tión (vigente desde mayo 2010) y a Telecinco, Atlas España, Conecta 5, Telecinco Cinema y Mediacinco Cartera (vigente desde noviembre 2009) aborda fundamentalmente las siguientes materias:
Declaración empresarial de principios de igual-dad de trato y no discriminación.
Medidas preventivas orientadas a actuar en el origen de los riesgos.
Desarrollo de procedimientos de intervención específcos.
Seguimiento de las actuaciones llevadas a cabo.
El Grupo Telecinco considera que llevar a cabo una buena política de comunicación en materia de igual-dad y no discriminación es fundamental para con-seguir la aplicación real y efectiva de las medidas implantadas. Para ello, Telecinco difunde y mantie-ne a través de sus canales de comunicación interna toda la información relevante en esta materia, prin-cipalmente a través de las circulares informativas, en la Intranet corporativa (Cinco.Net) y en el Portal del Empleado, donde existe un apartado específco de “Igualdad”, y donde se encuentra publicado el contenido íntegro del Plan de Igualdad y del Proce-dimiento para la gestión del riesgo psicosocial y las
situaciones de acoso en el entorno laboral, lo que garantiza su conocimiento por toda la plantilla.
En 2010, no se ha producido ningún tipo de inci-dente en materia de discriminación en Telecinco. Así mismo, los diagnósticos de situación realizados previamente como base de desarrollo y fjación de objetivos de los Planes de Igualdad, no detectaron situaciones que pudieran considerarse discrimina-torias o constitutivas de una desigualdad en el ám-bito laboral por razón de sexo.
Los convenios colectivos de empresa y sector, re-cogen ofcialmente las tablas salariales aplicables para cada una de las categorías profesionales y desarrollan el régimen retributivo aplicable, in-dicando los complementos salariales y sus condi-ciones. Al recogerse en convenio colectivo, existe una asignación del salario base igualitaria entre hombres y mujeres; el régimen económico se basa en aplicar el salario especifcado en las tablas con-vencionales a la categoría correspondiente, inde-pendientemente del sexo.
Además de los textos de los convenios colectivos, disponibles y publicados en la Intranet para todos los empleados, en el Portal del Empleado existe una Guía Informativa en materia de igualdad y be-nefcios sociales con objeto de facilitar la difusión de las medidas a todas las personas de la empresa.
Equipo Humano
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