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MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.
Cálculo de los valores razonables, de los valores en uso y de los valores actuales
La estimación de valores razonables, valores en uso y valores actuales implica el cálculo de flujos de efectivo futuros y la
adopción de hipótesis relativas a los valores futuros de los flujos así como las tasas de descuento aplicables a los mismos.
Las estimaciones e hipótesis realizadas están basadas en la experiencia histórica y en otros factores diversos que son
entendidos como razonables de acuerdo con las circunstancias.
La Sociedad valora los planes de incentivos a través de acciones a valor razonable en la fecha de concesión. La estima-
ción del valor razonable a esa fecha requiere realizar estimaciones y juicios sobre modelos de valoración de opciones
y teniendo en cuenta el precio de ejercicio de la opción, la vida de la opción, el precio de las acciones subyacentes, la
volatilidad esperada del precio de la acción, una estimación de los pagos de dividendos y el tipo de interés libre de riesgo
para la vida de la opción.
3.
APLICACIÓN DE RESULTADOS
La propuesta de distribución de resultados formulada por los Administradores pendiente de aprobación por la Junta
General de Accionistas es la siguiente, expresada en miles de euros:
Importe
Base de reparto
Saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias (pérdidas)
(8.594)
Total
(8.594)
Aplicación
A resultados negativos de ejercicios anteriores
(8.594)
Total
(8.594)
Limitaciones para la distribución de dividendos
La Sociedad está obligada a destinar el 10% de los beneficios del ejercicio a la constitución de la reserva legal, hasta
que ésta alcance, al menos, el 20% del capital social. Esta reserva, mientras no supere el límite del 20% del capital social,
no es distribuible a los accionistas. A la fecha de elaboración de estas cuentas anuales, la reserva legal está totalmente
constituida.
Una vez cubiertas las atenciones previstas por la Ley o los estatutos, sólo podrán repartirse dividendos con cargo al
beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es o, a consecuencia del
reparto, no resulta ser inferior al capital social. A estos efectos, los beneficios imputados directamente al patrimonio
neto no podrán ser objeto de distribución, directa ni indirecta. Si existieran pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran
que ese valor del patrimonio neto de la Sociedad fuera inferior a la cifra del capital social, el beneficio se destinará a la
compensación de estas pérdidas.
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