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MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.
Se registran provisiones por deterioro de manera específica para cada producto o derecho cuando, en función de las
audiencias de los primeros pases o de la programación de antena, se determina que el valor neto contable no se corres-
ponde con el valor real estimado.
Derechos de producciones propias de producto seriado
Recoge aquellas producciones en las que la Sociedad, a par tir de la propiedad de las mismas, podrá proceder tanto a su
emisión como a su comercialización posterior.
El valor de las mismas incluye los costes incurridos bien directamente por la Sociedad y recogidos en la línea trabajos
realizados para su Inmovilizado, bien en impor tes facturados por terceros.
El valor residual, estimado en un 2 % del coste total, se amor tiza linealmente en un periodo de 3 años desde la dispo-
nibilidad de las producciones, salvo en el caso de venta de estos derechos a terceros durante el periodo de amor tiza-
ción, en cuyo caso se aplica el valor residual a los ingresos por dicha venta.
En cuanto a la amortización, se realiza en función de los pases emitidos según el siguiente criterio:
• Producción seriada de duración inferior a 60 minutos y/o emisión diaria.
Primer pase: 100 % del valor amortizable.
• Producción seriada de duración igual o superior a 60 minutos y/o emisión semanal.
Primer pase: 90 % del valor amortizable.
Segundo pase: 10 % del valor amortizable.
Adicionalmente se practican amor tizaciones totales de los valores remanentes en el activo correspondientes a derechos
de emisión cuya antigüedad sea superior a 3 años desde la fecha de grabación de los citados activos.
Se registran provisiones por deterioro de manera específica para cada producto o derecho, cuando en función de las
audiencias de los primeros pases o de la programación de antena, se determina que el valor neto contable no se corres-
ponde con el valor real estimado.
Derechos de distribución
Recoge los derechos adquiridos por la Sociedad para su explotación en todas las ventanas en territorio español.
El coste del derecho es el que se estipula en contrato. La amor tización de estos derechos se lleva a cabo en función del
patrón esperado de consumo en cada una de las ventanas en las que se explota el derecho, así como sobre la base de
una estimación de los ingresos futuros en cada una de las ventanas.
En el momento en el que se inicia el derecho o la emisión en
«free»
éste se reclasifica a la cuenta de derechos de pro-
piedad audiovisual.
En la ventana del
«free»
la amor tización de estos derechos es consistente con la establecida para los derechos de pro-
piedad audiovisual según lo explicado en el epígrafe correspondiente de estas notas.
Derechos de coproducciones
Recoge los derechos adquiridos por la Sociedad en régimen de coproducción para su explotación en todas las ventanas.
El coste del derecho es el que se estipula en contrato. La amor tización de estos derechos se lleva a cabo en función del
patrón esperado de consumo en cada una de las ventanas en las que se explota el derecho, así como sobre la base de
una estimación de los ingresos en cada una de las ventanas.
En el momento en el que se inicia el derecho o la emisión en
«free»,
éste se reclasifica a la cuenta de derechos de pro-
piedad audiovisual.