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INFORMACIÓN ECONÓMICA. CUENTAS ANUALES E INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO. 2011
En la ventana del
«free»
, la amor tización de estos derechos es consistente con la establecida para los derechos de pro-
piedad audiovisual según lo explicado en el epígrafe correspondiente de estas notas.
Derechos de opciones, guiones y desarrollos
En este epígrafe se incluyen los impor tes satisfechos por los gastos necesarios para el análisis y desarrollo de nuevos
proyectos. Los guiones adquiridos se valoran por su coste de adquisición.
En el momento en que inicia el derecho de la producción a la que se asocia, estos derechos se reclasifican a la cuenta
de derechos correspondiente, amor tizándose como ellos.
Masters y doblajes
Corresponde, respectivamente a los materiales sopor te de los derechos audiovisuales y al coste de los trabajos de
doblaje que hubieran de llevarse a cabo sobre las versiones originales.
Se valoran a su coste de adquisición y se amor tizan en la misma proporción que los derechos audiovisuales a los que
están asociados.
Derechos de retransmisión
Los costes correspondientes a derechos de retransmisiones depor tivas se contabilizan por el coste estipulado en con-
trato en el epígrafe «Aprovisionamientos» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Dicha imputación se realiza en el
momento en que cada evento es retransmitido. Los impor tes anticipados se registran en el balance de situación dentro
del epígrafe «Periodificaciones a corto plazo».
Inmovilizado material
Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valoran inicialmente por su coste, ya sea éste el precio de adqui-
sición o el coste de producción.
Después del reconocimiento inicial se valora por su coste, minorado por la amor tización acumulada y por las posibles
pérdidas por deterioro de su valor.
Se incluyen en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros de financiación específica o gené-
rica devengados antes de la puesta en condiciones de funcionamiento de aquellos activos que necesiten más de un año
para estar en condiciones de uso.
Para los contratos de arrendamiento en los cuales, en base al análisis de la naturaleza del acuerdo y de las condiciones
del mismo, se deduzca que se han transferido a la Sociedad sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes
a la propiedad del activo objeto del contrato, dicho acuerdo se califica como arrendamiento financiero, y por tanto, la
propiedad adquirida mediante estos arrendamientos se contabiliza por su naturaleza en el inmovilizado material por un
impor te equivalente al menor de su valor razonable y el valor presente de los pagos mínimos establecidos al comienzo
del contrato de alquiler, menos la depreciación acumulada y cualquier pérdida por deterioro experimentada. No exis-
ten contratos de arrendamiento financiero al cierre de los ejercicios 2011 y 2010.
Las reparaciones que no representan una ampliación de la vida útil y los gastos de mantenimiento son cargados a la
cuenta de pérdidas y ganancias en el ejercicio en que se producen. Los costes de ampliación o mejora que dan lugar
a un aumento de la capacidad productiva o a un alargamiento de la vida útil de los bienes, son incorporados al activo
como mayor valor del mismo.
El gasto por depreciación se registra en la cuenta de pérdidas y ganancias. Los elementos son amor tizados desde el
momento en el que están disponibles para su puesta en funcionamiento. La amor tización de los elementos del inmo-
vilizado material se realiza sobre los valores de coste siguiendo el método lineal durante los siguientes años de vida útil
estimados: