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INFORMACIÓN ECONÓMICA. CUENTAS ANUALES E INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO. 2011
Los gastos de mantenimiento de estas aplicaciones informáticas se imputan directamente como gasto del ejercicio en
que se producen.
Se amor tizan en el plazo de tres años desde el comienzo de su uso.
Concesiones, patentes y marcas
Corresponde principalmente a las marcas y a las concesiones de los canales de televisión.
La marca «Cuatro» así como la licencia de operación del multiplex de «Cuatro» han sido identificados en el proceso
de distribución del precio de adquisición del Grupo Sogecuatro. (Nota 6). La vida útil de la marca «Cuatro» se ha esti-
mado en 20 años.
La licencia se considera como un activo intangible de vida útil indefinida. Los activos intangibles con vida útil indefinida
no se amor tizan, sino que se realiza al menos anualmente, o cuando haya indicios de deterioro, un test de deterioro.
Derechos de propiedad audiovisual
Se registran en este epígrafe los siguientes inmovilizados intangibles:
Derechos de propiedad audiovisual de producción ajena
Se registran inicialmente a su precio de adquisición. Si su adquisición se realiza por paquetes cerrados en los que no
se detalla el valor individual de cada producto, la asignación de valores individuales se calcula a par tir de una pondera-
ción equivalente al coste de adquisición de productos de similar tipo y categoría si la compra se hiciese individualmente.
Si en contrato se detalla el valor individual de cada uno de los productos/títulos, es éste directamente el que se asigna
como valor del activo.
El derecho se registra en el momento en el que está disponible para su emisión según contrato, registrándose en el epí-
grafe de anticipos hasta que se produce la disponibilidad para su emisión. En el caso de tratarse de varios derechos aso-
ciados a un mismo contrato cuya disponibilidad se produzca en un mismo ejercicio pero en fechas diferentes, la Sociedad
registra el alta de los derechos del contrato en la fecha en la que el primero de ellos está disponible para su emisión.
Su amor tización se lleva a cabo en función del número de pases emitidos, según el siguiente criterio:
1. Películas y TV Movies (productos no seriados).
• Derechos de 2 pases según contrato:
•
Primer pase: 50 % sobre coste de adquisición.
•
Segundo pase: 50 % sobre coste de adquisición.
• Derechos de 3 o más pases según contrato:
•
Primer pase: 50 % sobre coste de adquisición.
•
Segundo pase: 30 % sobre coste de adquisición.
•
Tercer pase: 20 % sobre coste de adquisición.
2. Resto de Productos (seriados).
• Derechos de 2 o más pases según contrato:
•
Primer pase: 50 % sobre coste de adquisición.
•
Segundo pase: 50 % sobre coste de adquisición.
En caso de venta de un pase a terceros, el valor del pase calculado según los porcentajes arriba indicados se amor tiza
en función de la capacidad de distribución territorial de señal de la televisión compradora, reconociéndose un coste de
ventas en función de los ingresos generados en el territorio de venta del pase y practicándose ajustes al valor no ven-
dido del pase de que se trate.