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« Previous Page Table of Contents Next Page »y valor nominal de 0,50 Euros. Como consecuencia de las citadas ampliaciones de capital el número de acciones ha pasado a ser de 406.861.426 títulos que equivale a 203.430.713 Euros al tratarse todas ellas de acciones de valor nominal de 0.50 Euros. La totalidad de los títulos están representados mediante ano-taciones en cuenta y son de idéntica clase.
Las acciones de la Compañía cotizan en las Bolsas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia. El Código ISIN es ES0152503035.
Desde el 3 de enero de 2005 Gestevisión Telecinco, SA es una sociedad que cotiza en el IBEX 35.
PERSPECTIVAS DE EVOLUCIÓN DEL NEGOCIO DE LA SOCIEDAD
La actividad de la Sociedad en 2011 no puede aislarse del contexto macroeconómico general en que opera, habiéndose ya dado unas pinceladas en este Informe de Gestión en el sentido de que las expectativas son tendentes a que se trate de un año de transición con ausencia de recuperación económica signifcativa.
En este contexto, y una vez realizada la adquisición de Cuatro, la estrategia publicitaria estará centrada en la recuperación del precio y en la cuota de mercado mientras que desde el punto de la audiencia el objetivo pasa por mantener el liderazgo del canal Telecinco por lo que respecta a las cadenas comerciales así como el de continuar siendo el número uno en términos de audiencia conjunta para nuestra familia de canales. En ambos casos, la integración del negocio de Cuatro en las actividades del Grupo de manera efciente consti-tuye un objetivo prioritario para 2011
Adicionalmente, el mantenimiento de una sólida posición fnanciera y patrimonial continúa siendo un obje-tivo de primer nivel así como el fortalecimiento de la estrategia de negocio en Internet.
RESTRICCIONES EN LOS DERECHOS DE VOTO
No existen restricciones legales ni estatutarias al ejercicio de los derechos de voto. Cada acción da derecho a un voto.
PACTOS PARA SOCIALES
Los pactos parasociales en vigor son los recogidos en la comunicación de “Hecho Relevante” que la Socie-dad realizo a la CNMV con fecha 8 de febrero de 2011 y que se transcribe a continuación:
Mediante la presente comunicación se da cuenta de las cláusulas limitativas de la transmisibilidad de ac-ciones o relativas al ejercicio del derecho de voto en las Juntas Generales que fguran incluidas en el Con-trato de Integración y en el Contrato de Opción suscritos entre Telecinco, Prisa Televisión, S.A. Unipersonal (“Prisa Televisión”) y Promotora de Informaciones, S.A. (“Prisa”), y que fguran ya descritas en los Folletos Informativos de Telecinco aprobados e inscritos por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 18 de noviembre de 2010 y 25 de enero de 2011 (los “Folletos Informativos”):
1. Contrato de Integración
Conforme a la cláusula 3.4 del Contrato de Integración y tal y como se describe en el Folleto Informativo de 18 de noviembre de 2010, Prisa Televisión (antes Sogecable) tiene derecho a designar 2 miembros del Consejo de Administración de Telecinco (por 8 de Mediaset) y a mantener un consejero en la medida en que su participación en Telecinco sea al menos de un 5% de su capital social. Además, Prisa Televisión tiene derecho a que alguno de sus representantes en el Consejo de Telecinco ocupe ciertos cargos dentro de ese
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Información Económica. Cuentas Anuales e Informe de Gobierno Corporativo. 2010
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