This is a SEO version of CUENTAS ANUALES_ESP_02. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »Con fecha 26 de junio de 2009 y 24 de julio de 2009 la Agencia tributaria remite a la Sociedad los Acuerdos de liquidación, se frman las actas en disconformidad, se procede a ajustar las provisiones como consecuen-cia de las actas levantadas por importe de 2.091 miles de euros y 3.543 miles de euros y se constituyen avales por los mismos importes. (nota 16).
15. Situación Fiscal
Según las disposiciones legales vigentes, las liquidaciones de impuestos no pueden considerarse defniti-vas hasta que no hayan sido inspeccionadas por las autoridades fscales o haya transcurrido el plazo de prescripción, actualmente establecido en cuatro años. Una vez fnalizadas las actuaciones de comprobación e investigación en 2009 por parte de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria tal y como se ha explicado en la nota anterior, la Sociedad tendría abiertos a inspección por los conceptos y periodos que a continuación se detallan:
Concepto/s Períodos
Impuesto sobre Sociedades 2008 a 2010 Impuesto sobre el Valor Añadido 2008 a 2010 Retenciones a cta. imposición no residentes 2008 a 2010 Tasas juegos: apuestas y combinaciones aleatorias 06/2008 a 2010 Tasas juegos suerte, envite o azar: rifas y tómbolas 06/2008 a 2010 Declaración anual de operaciones 2008 a 2010 Decl. Recapitulativa entreg. y adq. Intracom.bienes 2008 a 2010
Para el resto de los impuestos que le son aplicables la Sociedad tiene abiertos a inspección los cuatro últi-mos ejercicios. En opinión de los Administradores de la Sociedad, así como de sus asesores fscales, sobre la base de la mejor interpretación de las normas actualmente en vigor no existen contingencias fscales de importes signifcativos que pudieran derivarse, en caso de inspección, de posibles interpretaciones diferen-tes de la normativa fscal aplicable a las operaciones realizadas por la Sociedad.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Desde el ejercicio 2010 la Sociedad viene aplicando el Régimen Especial de Grupo de Entidades regulado en el Capítulo IX del Título IX de la Ley 37/1992, presentando de esta manera el Impuesto sobre el Valor Añadido consolidado (Grupo 049/99) siendo la composición de este grupo de consolidación la siguiente:
Gestevisión Telecinco, S.A., como entidad dominante.
Telecinco Cinema, S.A.U.
Publiespaña, S.A.U.
Mediacinco Cartera, S.L.
Fruto de la presentación consolidada del Impuesto sobre el Valor Añadido se generan deudas a corto plazo con empresas del grupo por efecto impositivo I.V.A. (Nota 19).
El detalle de los saldos relativos a activos fscales y pasivos fscales al 31 de diciembre es el siguiente:
66
GESTEVISION TELECINCO, S.A.
This is a SEO version of CUENTAS ANUALES_ESP_02. Click here to view full version
« Previous Page Table of Contents Next Page »