Page 135 - CUENTAS ANUALES_ESP_02

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Su imputación a la cuenta de resultados separada se realiza en el epígrafe de consumo de derechos y se lleva a cabo en función del número de pases emitidos, según el siguiente criterio:

Producción seriada de duración inferior a 60 minutos y/o emisión diaria. Primer pase: 100 % del valor amortizable.

Producción seriada de duración igual o superior a 60 minutos y/o emisión semanal. Primer pase: 90 % del valor amortizable. Segundo pase: 10 % del valor amortizable.

A estos derechos se les practica ajustes de valor en los casos necesarios, según se detalla en la Nota 4.11.

4.7.3. Derechos de Distribución

Recoge los derechos adquiridos por el Grupo para su explotación en todas las ventanas en territorio español.

El coste del derecho es el que se estipula en contrato. Su imputación como consumo de derechos se lleva a cabo en función del patrón esperado de consumo en cada una de las ventanas en las que se explota el dere-cho, así como sobre la base de una estimación de los ingresos futuros en cada una de las ventanas.

En el momento en el que se inicia el derecho o la emisión en “free”, éste se reclasifca a la cuenta de dere-chos de producción ajena.

En la ventana “free” la imputación a la cuenta de resultados separada en el epígrafe de consumo de dere-chos es consistente con la establecida para los derechos de propiedad audiovisual, según lo explicado en el epígrafe correspondiente de estas notas.

4.7.4. Derechos de Coproducciones

Recoge los derechos adquiridos por el Grupo en régimen de coproducción para su explotación en todas las ventanas.

El coste del derecho es el que se estipula en contrato. La imputación como consumo de estos derechos se lleva a cabo en función del patrón esperado de consumo en cada una de las ventanas en las que se explota el derecho, así como sobre la base de una estimación de los ingresos en cada una de las ventanas.

En el momento en el que se inicia el derecho o la emisión en “free”, este se reclasifca a la cuenta derechos de producciones propias.

En la ventana “free” la imputación a la cuenta de resultados separada en el epígrafe de consumo de dere-chos es consistente con la establecida para los derechos de propiedad audiovisual, según lo explicado en el epígrafe correspondiente de estas notas.

4.7.5. Masters y Doblajes

Corresponde respectivamente a los materiales soporte de los derechos audiovisuales y al coste de los tra-bajos de doblaje que hubieran de llevarse a cabo sobre las versiones originales.

Se valoran a su coste de adquisición y su imputación como consumo se realiza en la misma proporción que los derechos audiovisuales a los que están asociados.

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Información Económica. Cuentas Anuales e Informe de Gobierno Corporativo. 2010

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