Page 128 - CUENTAS ANUALES_ESP_02

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NIIF 8 “Segmentos de explotación”: Se aclara que los activos y pasivos de un segmento se deben desglosar únicamente cuando estos activos y pasivos están incluidos en la información que recibe la máxima instancia que toma las decisiones operativas. El único segmento operativo identifcado en el Grupo es la venta de publicidad.

NIC 7 “Estado de fujos de efectivo”: Se aclara que solamente los gastos que suponen la conta-bilización de un activo pueden clasifcarse como fujos de efectivo de las actividades de inversión. La adopción de esta modifcación no tiene impacto en la presentación en el estado de fujos de efectivo.

NIC 36 “Deterioro de activos”: La modifcación aclara que la unidad más grande a la que se pue-de atribuir un fondo de comercio, adquirido en una combinación de negocios, es el segmento ope-rativo tal y como lo defne la NIIF 8, antes de su agregación a efectos de presentación. La adopción de esta modifcación no ha tenido impacto en el Grupo.

Otras modifcaciones incluidas en la Mejoras de las NIIF emitidas en abril de 2009 que no han tenido ningún impacto en las políticas contables, en la posición fnanciera o en los resultados del Grupo son las siguientes:

NIIF 2 “Pagos basados en acciones”

NIIF 5 “Activos mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas”

NIC 1 “Presentación de estados fnancieros”

NIC 17 “Arrendamientos”

NIC 38 “Activos intangibles”

NIC 39 “Instrumentos fnancieros: Reconocimiento y valoración”

CINIIF 9 “Nueva evaluación de los derivados implícitos”

CINIIF 16 “Coberturas de la inversión neta en un negocio en el extranjero”

b) Normas e interpretaciones aprobadas por la Unión Europea que no son aplicables de forma obligatoria en este ejercicio

El Grupo no ha adoptado de forma anticipada ninguna norma, interpretación o modifcación, publicada que todavía no esté vigente.

El Grupo está evaluando el efecto que podría tener sobre las políticas contables, la situación fnanciera o los resultados del Grupo, las siguientes normas e interpretaciones, publicadas por el IASB y aprobadas por la Unión Europea, pero todavía no aplicables:

NIC 32 “Clasifcación de las emisiones de derechos”: Aplicable a los ejercicios que se inicien a partir del 1 de febrero de 2010;

NIC 24 “Desgloses sobre partes vinculadas”: Aplicable a los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2011;

CINIIF 19 “Cancelación de pasivos fnancieros con instrumentos de patrimonio”: Aplicable a los ejercicios que se inicien a partir del 1 de julio de 2010;

CINIIF 14 “Pagos anticipados de un requerimiento de mantener un nivel mínimo de fnanciación”: Aplicable a los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2011.

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GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES

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