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« Previous Page Table of Contents Next Page »Con este acuerdo transaccional que extiende sus efectos desde el 1 de enero de 1995 al 31 de diciembre de 2010 las partes acordaron fnalizar los distintos procedimientos que habían iniciado entre sí respec-tivamente, tanto en el orden administrativo como jurisdiccional.
Las dotaciones a corto plazo del ejercicio 2009 correspondían al 3% de los ingresos brutos de explotación facturados de septiembre a diciembre de la Sociedad según ley 8/2009 de fnanciación de Radio Televisión Española. Se han traspasado en el 2010 todos los saldos relacionados con la ley 8/2009 de fnanciación de Radio Televisión Española al epígrafe otras deudas con las Administraciones públicas (nota 19.3) al ins-taurarse defnitivamente los procedimientos de cálculo, declaración y pago desarrollados en el Real Decreto 1004/2010 de 5 de agosto por el que se desarrolla la ley 8/2009 y la orden ITC/2373/2010 de 9 de septiem-bre por la que se aprueban los modelos de las autoliquidaciones y pagos a cuentas previstas en la ley 8/2009.
19. Situación Fiscal
19.1. Grupo Fiscal Consolidado
De acuerdo con la normativa vigente, el Grupo Fiscal Consolidado incluye a Gestevisión Telecinco, S.A., como sociedad dominante, y, como dominadas, a aquellas sociedades dependientes españolas que cumplen los requisitos exigidos al efecto por la normativa reguladora de la tributación sobre el benefcio consolidado de los Grupos de Sociedades.
El resto de las entidades dependientes del Grupo presenta individualmente sus declaraciones de impues-tos, de acuerdo con las normas fscales aplicables en cada jurisdicción.
19.2. Ejercicios sujetos a inspección fscal
Según las disposiciones legales vigentes, las liquidaciones de impuestos no pueden considerarse defnitivas hasta que no hayan sido inspeccionadas por las autoridades fscales o haya transcurrido el plazo de pres-cripción, actualmente establecido en cuatro años.
Según las disposiciones legales vigentes, las liquidaciones de impuestos no pueden considerarse defniti-vas hasta que no hayan sido inspeccionadas por las autoridades fscales o haya transcurrido el plazo de prescripción, actualmente establecido en cuatro años. Una vez fnalizadas las actuaciones de comprobación e investigación en 2009 por parte de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria, el Grupo tiene abiertos a inspección los con-ceptos y periodos que a continuación se detallan:
Concepto/s Períodos
Impuesto sobre Sociedades 2008 a 2010 Impuesto sobre el Valor Añadido 2008 a 2010 Retenciones a cta. imposición no residentes 2008 a 2010 Tasas juegos: apuestas y combinaciones aleatorias 06/2008 a 2010 Tasas juegos suerte, envite o azar: rifas y tómbolas 06/2008 a 2010 Declaración anual de operaciones 2008 a 2010 Decl. Recapitulativa entreg. y adq. Intracom.bienes 2008 a 2010
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Información Económica. Cuentas Anuales e Informe de Gobierno Corporativo. 2010
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