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MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.y sociedades dependientes
Notas Explicativas de las Cuentas Anuales
Consolidadas del ejercicioterminado el 31 de
diciembre de 2012
Expresado en miles de Euros
1. Objeto social de las Sociedades pertenecientesal Grupo
Mediaset España Comunicación, S.A.
Mediaset españa comunicación , s.A. - Sociedad dominante
La Sociedad MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A. (en adelante la Sociedad o la Sociedad dominante) fue cons-
tituida en Madrid el 10 de marzo de 1989. Su domicilio social se encuentra en la Carretera de Fuencarral a Alcobendas,
nº 4, 28049 Madrid.
La Sociedad tiene como objeto social la gestión indirecta del Servicio Público deTelevisión. Al 31 de diciembre de 2012
explota comercialmente siete canales deTelevisión (Telecinco, Siete, Factoría de Ficción, Boing, Cuatro, Divinity y Energy)
encontrándose en periodo de pruebas un canal adicional (Nueve). Las licencias concedidas para la explotación de
dichos canales se han ido produciendo de la siguiente manera:
• Con arreglo a los términos de la concesión realizada por el Estado, mediante Resolución de 28 de agosto de 1989
de la Secretaría General de Comunicaciones y contrato de concesión formalizado en Escritura Pública de fecha 3
de octubre de 1989, así como todas las operaciones que sean natural antecedente y consecuencia de dicha gestión.
• Por acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2000, fue renovada dicha Concesión por un periodo de
diez años a contar desde el 3 de abril de 2000.
• Por acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de noviembre de 2005, se amplió el contrato concesional de forma
simultánea al del resto de concesionarios de ámbito nacional, otorgándose tres canales deTelevisión Digital Terrestre
(TDT).
• Por acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010, fue renovada dicha Concesión por otros diez años
más. La Sociedad realizó todas las inversiones precisas para el inicio de emisiones digitales de acuerdo con lo previsto
en el Real Decreto 2169/1998 de 9 de octubre que aprobó el PlanTécnico Nacional de laTelevisión Digital Terrestre.
Sin perjuicio de lo anterior, de conformidad con lo establecido en la DisposiciónTransitoria Segunda de la Ley Audio-
visual, la Sociedad solicitó el 3 de mayo de 2010 la transformación de la concesión en licencia para la prestación del
servicio de comunicación audiovisual. Mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de junio de 2010 tuvo
lugar la transformación de la concesión en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual, con
una vigencia de 15 años, prorrogables de forma automática por el mismo plazo, siempre que se cumplan los requisitos
del artículo 28 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo (Ley Audiovisual).
• Tras el cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica el 3 de abril de 2010 (el “Apagón Analó-
gico”) y en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 944/2005, la Sociedad desde
el 4 de mayo de 2010 tiene acceso a un múltiple digital de cobertura estatal, que ampliaba en un canal adicional, hasta
un total de cuatro, los gestionados con anterioridad.
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